El Tribunal de Cuentas volvió a mover el tablero en su larga pelea con el sector referenciado en Carlos Cisneros. Después de meses de acusaciones cruzadas, denuncias de persecución y cuestionamientos al organismo de control, el TC firmó dos nuevos acuerdos que apuntan directamente a dos nombres sensibles para el dispositivo político y jurídico ligado a la Caja Popular de Ahorros: José César Díaz y Patricia Neme.
El movimiento tiene peso administrativo, pero también una lectura política inevitable. No se trata de una declaración pública ni de una réplica mediática: el contraataque llegó en formato de comprobaciones sumariales, con expedientes, instructores, plazos y eventuales consecuencias patrimoniales. El eje es determinar si ambos percibieron haberes estatales durante licencias psiquiátricas de largo tratamiento y, al mismo tiempo, ejercieron la profesión de abogados en causas judiciales.
Dos acuerdos, dos expedientes y una misma hipótesis
El 19 de mayo, el Tribunal de Cuentas dictó los Acuerdos N° 1708 y N° 1709. El primero corresponde al expediente 1700-360-2026 y alcanza a José César Díaz, exinterventor de la Caja Popular y luego vinculado a la asesoría jurídica del organismo. El segundo, expediente 1699-360-2026, refiere a Patricia Neme, a cargo de la Asesoría Letrada de la entidad.
En ambos casos, el TC parte de un acta de requerimiento del 27 de abril, realizada por la Delegación Fiscal del propio Tribunal en la Caja Popular. Allí se pidió al Departamento Personal que informara, en un plazo de 24 horas, la situación laboral de Díaz y de Neme: si prestaban servicios, si estaban de licencia, bajo qué causal, por cuánto tiempo y con qué alcance.
La respuesta interna de la Caja indicó que Díaz registraba licencias por enfermedad de largo tratamiento de carácter psiquiátrico en dos tramos consecutivos: del 25 de marzo al 15 de abril y del 15 de abril al 15 de mayo. En el caso de Neme, las licencias se extendían del 3 de marzo al 2 de abril y del 6 de abril al 6 de mayo. En ambos casos, según el TC, se trataba de licencias con goce de haberes.
El punto que abrió la investigación es que, durante esos mismos períodos, el organismo sostiene haber encontrado constancias de actividad profesional como abogados en jurisdicción provincial y federal. El Tribunal menciona registros del Sistema de Administración de Expedientes del Poder Judicial y publicaciones periodísticas locales. También afirma que, según información preliminar del Colegio de Abogados, no constaría una licencia profesional registrada para esos lapsos.
El Tribunal aclara un dato clave: no da por probada la incompatibilidad. Lo que abre es una etapa instructoria para determinar si la licencia fue regularmente otorgada, si hubo actividad profesional efectiva durante esos días, si esa actividad era compatible con el diagnóstico o las prescripciones médicas, si existió percepción de haberes y si corresponde avanzar hacia un juicio de responsabilidad con formulación de cargo.
La pelea de fondo: del discurso de persecución al expediente patrimonial
La lectura política aparece por el contexto. El cisnerismo venía instalando desde hace tiempo que el Tribunal de Cuentas actuaba contra la Caja Popular y contra Díaz por una disputa personal y por una supuesta persecución. Carlos Cisneros llegó a plantear públicamente que el conflicto no era institucional sino entre Miguel Chaiben Terraf y José César Díaz. También acusó al entorno del titular del TC y defendió la actuación de la Caja frente a los avances del organismo de control.
Díaz, por su parte, también había salido a cuestionar al Tribunal. En una conferencia de prensa, rechazó acusaciones previas, habló de “embates arbitrarios y abusivos” y sostuvo que la Caja había sido objeto de decenas de sumarios. En esa etapa, el conflicto giraba en torno a expedientes por fondos, mercadería, transferencias al Siprosa y controles sobre la administración de la Caja Popular.
Ahora el Tribunal parece responder desde otro ángulo: ya no sólo mira decisiones administrativas de la Caja, sino la situación personal y funcional de dos operadores jurídicos vinculados al organismo. La hipótesis ya no se concentra únicamente en grandes montos institucionales, sino en la posible percepción individual de fondos públicos durante licencias médicas.
Ese es el corazón del contraataque. El TC encuadra la investigación en el artículo 131 inciso 4° de la Ley 6970, que le permite comprobar sumariamente irregularidades en la percepción o empleo de fondos públicos. Si las licencias carecieran de causa suficiente o hubieran sido usadas en fraude al régimen, los haberes pagados podrían ser considerados una erogación sin causa legítima.
El organismo también separa los planos. La sanción laboral, si correspondiera, queda en manos de la Caja Popular como empleadora. Pero el eventual perjuicio fiscal, la responsabilidad patrimonial y la posible formulación de cargos quedan bajo la órbita del Tribunal de Cuentas. Por eso ordena que ambas vías tramiten en paralelo.
Tercer golpe en seis meses y tres carriles abiertos
Los nuevos acuerdos no aparecen aislados. Son el tercer pronunciamiento del Tribunal sobre la Caja Popular y el mismo círculo de nombres en menos de seis meses. Primero, el Acuerdo N° 128 de febrero observó que un dictamen jurídico de la Caja llevaba la firma de Díaz con sello de “Asesor Jurídico”, pese a que había sido exinterventor del organismo. Esa observación derivó en un pedido de antecedentes sobre su designación.
Luego llegó el Acuerdo N° 1348 del 29 de abril, donde el Tribunal declaró la nulidad de la designación de Díaz en planta permanente. Allí cuestionó el mecanismo por el cual el exinterventor había pasado a ocupar un cargo de Subgerente General Adscripto, con funciones de asesor letrado, mientras se le otorgaba licencia por cargo político. El TC habló de vicios en competencia, procedimiento, causa, motivación, finalidad y objeto, e incluso puso el caso en conocimiento del Ministerio Público Fiscal por la eventual configuración de delitos de acción pública.
Con los Acuerdos N° 1708 y N° 1709, el conflicto suma una capa nueva. Para Díaz y Neme se designó como instructores a la abogada fiscal Constanza Dato y al abogado fiscal Alejandro Salas Oroño, quienes deberán elevar las resultas en un plazo de 60 días. Además, el Tribunal dispuso poner los acuerdos en conocimiento del interventor de la Caja Popular para eventuales medidas administrativo-disciplinarias y del Colegio de Abogados de Tucumán para que intervenga dentro de su competencia.
El caso de Neme agrega otro componente sensible. Según la publicación original, la abogada aparece vinculada a expedientes judiciales de alta exposición y a la defensa de intereses relacionados con el entorno cisnerista. El Tribunal no ingresa en el contenido político de esas causas, pero sí plantea una pregunta concreta: si una agente pública estaba con licencia psiquiátrica y cobrando haberes, ¿podía al mismo tiempo desplegar actividad profesional privada o judicial?
La respuesta todavía no está escrita. La etapa abierta es preliminar y debe respetar el debido proceso, el derecho de defensa y la reserva de datos médicos. Pero el mensaje político ya fue enviado. Después de haber sido acusado de persecución por el cisnerismo, el Tribunal de Cuentas no retrocedió: avanzó con nuevos expedientes, colocó bajo la lupa a dos abogados ligados a la Caja Popular y dejó abierta la posibilidad de reclamar la devolución de haberes si se acredita que fueron percibidos sin causa legítima.
En una interna donde cada denuncia genera otra denuncia, el TC eligió responder con una jugada institucional de alto impacto. No acusa todavía una incompatibilidad probada, pero obliga a Díaz, Neme y a la propia Caja Popular a dar explicaciones documentadas. En el tablero político tucumano, ese detalle no es menor: el organismo que el cisnerismo venía cuestionando ahora pasó de acusado a acusador.
