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Jaldo-Molinuevo: una causa que se movió en días y volvió a poner bajo la lupa la velocidad selectiva de la Justicia

La disputa judicial entre el gobernador Osvaldo Jaldo y la diputada nacional Soledad Molinuevo sumó este 31 de marzo un nuevo capítulo, pero también dejó un dato imposible de pasar por alto: la velocidad con la que avanzó el expediente. La presentación del mandatario ingresó el 13 de marzo y, apenas dos días después, el juez en lo Civil y Comercial de la V Nominación, Pedro Daniel Cagna, ya había dictado una sentencia parcial ordenando el retiro de publicaciones consideradas agraviantes.

Ahora, el mismo magistrado rechazó el planteo de Molinuevo para frenar provisoriamente los efectos de esa resolución. Es decir, la orden de eliminar los contenidos sigue vigente mientras la causa avanza. Al mismo tiempo, sí concedió la apelación, por lo que el conflicto pasará a revisión de un tribunal superior. En otras palabras: en menos de tres semanas hubo demanda, sentencia de primera instancia, planteo revocatorio, rechazo y apertura de la vía de apelación.

La celeridad no es un dato menor. Más aún porque la propia acción promovida por Jaldo fue planteada como una medida urgente, con el argumento de que debía cesar de inmediato una supuesta lesión a su imagen y a la institucionalidad. Ese carácter excepcional ayuda a explicar parte de la rapidez. Pero no agota la discusión política ni judicial: el contraste con otros expedientes del mismo fuero sigue siendo notorio.

En la misma oficina y en el mismo juzgado aparecen causas que tardaron 9, 10 y hasta 22 años

El expediente contra Molinuevo tramita en la Oficina de Gestión Asociada Civil y Comercial N° 2 y en el Juzgado Civil y Comercial Común de la V Nominación. Allí mismo, los registros públicos del SAE muestran procesos con tiempos radicalmente distintos.

Uno de los casos más impactantes es “Millares Hugo Armando s/ Prescripción adquisitiva”: ingresó el 8 de agosto de 2002 y tuvo sentencia recién el 6 de noviembre de 2024. Es decir, más de 22 años después.

También en la V Nominación figura “Alderete Luciana Jimena c/ Juárez Francisco Joaquín y otros s/ Daños y Perjuicios”, que entró el 26 de febrero de 2016 y obtuvo sentencia el 26 de noviembre de 2025: casi 10 años. En la misma línea aparece “Sisack Novillo Guadalupe c/ Reyes Acosta Antonio y otros s/ Nulidad”, iniciado el 4 de noviembre de 2016 y resuelto el 5 de diciembre de 2025, después de más de nueve años.

Y el panorama no se limita a expedientes de una sola oficina. En el fuero civil y comercial de la Capital también se observan causas que llegaron a sentencia luego de largos recorridos: por ejemplo, un proceso por prescripción adquisitiva iniciado en marzo de 2017 obtuvo resolución en septiembre de 2025, mientras que una demanda por daños y perjuicios ingresada en julio de 2020 fue sentenciada en mayo de 2025.

El contraste, entonces, es concreto: mientras una causa de alto voltaje político tuvo decisiones centrales en 48 horas y nuevos movimientos en menos de 18 días, otros ciudadanos siguieron litigando durante años dentro del mismo sistema judicial.

Otro espejo incómodo: 26 años para el reclamo de Ángel Páez

El contraste también aparece en otro expediente atravesado por apellidos de peso político. Ángel Páez inició en 1999 su reclamo de filiación para ser reconocido como hijo de Elías Chahla y, por lo tanto, como medio hermano de Rossana Chahla. Recién en 2022 se concretó el ADN post mortem, luego de la exhumación del cuerpo del empresario, y el estudio arrojó una probabilidad de relación biológica del 99,88%. Pero ni siquiera eso cerró la discusión de inmediato: la causa siguió demorándose y la sentencia que reconoció judicialmente la filiación llegó recién en abril de 2025, 26 años después del inicio del reclamo. El fallo, además, abrió una nueva etapa por la disputa patrimonial, porque no sólo confirmó la identidad de Páez, sino que también habilitó la discusión por los bienes que reclama como heredero.

La Corte exhibe mejoras en los indicadores, pero la mora estructural no desapareció

El Poder Judicial de Tucumán viene mostrando números para defender la reorganización de las Oficinas de Gestión Asociada. En un informe oficial difundido en diciembre de 2024, la Corte señaló que en el fuero Civil y Comercial Común de la Capital hubo una mejora del 89% en los tiempos de respuesta de las presentaciones, una reducción del 55% en los plazos para dictar sentencias definitivas, un incremento del 20% en las actuaciones firmadas y alrededor de un 30% más de audiencias.

Esos datos muestran que hubo una mejora real en la capacidad de respuesta del sistema. Pero también dejan una pregunta abierta: si la maquinaria judicial puede moverse con semejante velocidad ante una demanda impulsada por el gobernador contra una diputada opositora, ¿por qué miles de justiciables comunes siguen atrapados en expedientes que miden su tiempo en años y, a veces, en décadas?

La respuesta técnica es conocida: no todos los procesos son iguales y las medidas urgentes están diseñadas para tramitar más rápido que un juicio ordinario. Sin embargo, el caso Molinuevo volvió a exponer una percepción que en Tribunales se escucha desde hace años: cuando el expediente toca fibras sensibles del poder, la Justicia puede encontrar un ritmo que rara vez exhibe frente a los reclamos cotidianos de cualquier ciudadano.

Ahí está, precisamente, el núcleo del debate. No tanto si la causa entre Jaldo y Molinuevo debía o no avanzar con urgencia, sino por qué esa urgencia aparece con tanta nitidez en algunos expedientes, mientras otros siguen acumulando meses, años y frustraciones en los pasillos del mismo fuero.

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