El Tribunal de Cuentas de Tucumán ordenó abrir una comprobación sumaria en el ámbito de la Caja Popular de Ahorros, luego de tomar conocimiento de la Resolución de Intervención N° 360/26, mediante la cual se declaró la nulidad absoluta e insanable de dos resoluciones vinculadas con la contratación directa de la firma Concilio & Sarralde Estudio Contable S.A.S.
La decisión fue adoptada a través del Acuerdo N° 2132, firmado el 5 de junio de 2026. El expediente se refiere a contrataciones relacionadas con servicios de auditoría externa de estados contables de los departamentos Seguros, ART y Tarjeta de Crédito de la Caja Popular.
Según surge del acuerdo, la intervención de la entidad había anulado las Resoluciones N° 012/24 y N° 070/25, dictadas por la Sub Gerencia General de Administración y la Gerencia General, y dispuso la resolución contractual con la firma mencionada.
Señalan una presunta incompatibilidad por falta de independencia
El punto central del caso está vinculado con una supuesta incompatibilidad que habría afectado la independencia del auditor externo. De acuerdo con el análisis incorporado al expediente, el CPN Octavio Concilio, socio gerente del estudio contratado, tendría un vínculo de consanguinidad en línea colateral de segundo grado con el CPN Francisco Concilio, gerente de ART de la Caja Popular.
Para el Tribunal, esa situación configura un posible vicio grave en el procedimiento, ya que la normativa profesional aplicable exige independencia para la realización de tareas de auditoría. El acuerdo también menciona otra posible incompatibilidad: que el prestador del servicio de auditoría externa habría tenido asignadas tareas de registración contable, lo que podría configurar un supuesto de auto-revisión.
En ese marco, el organismo consideró que los actos administrativos cuestionados se encontrarían afectados por nulidad absoluta e insanable, al comprometer principios de imparcialidad, transparencia, control técnico y legalidad en las contrataciones estatales.
La investigación buscará determinar si hubo perjuicio fiscal
El Tribunal de Cuentas dispuso que la nueva comprobación sumaria se acumule con otra ya ordenada mediante el Acuerdo N° 2104, vinculada a una causa conexa sobre la misma firma y con identidad de vicio, sujetos y objeto.
La instrucción tendrá como finalidad determinar los importes percibidos por Concilio & Sarralde bajo ambas contrataciones declaradas nulas, establecer el valor real de las prestaciones recibidas por el organismo, cuantificar un eventual perjuicio fiscal global e identificar a posibles responsables patrimoniales y administrativos.
Para llevar adelante esa tarea fue designado como instructor el abogado fiscal Alejandro Salas Oroño, mientras que el CPN Martín López actuará como co-instructor contable. Ambos deberán elevar las conclusiones en un plazo de 60 días.
Además, el Tribunal resolvió poner el acuerdo en conocimiento del Ministerio Público Fiscal ante la eventual configuración de delitos de acción pública contra la Administración Pública, particularmente por posible abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.
El organismo también aclaró que el sumario administrativo dispuesto por la Caja Popular es independiente y no excluye la competencia del Tribunal para determinar el perjuicio fiscal y las responsabilidades resarcitorias que pudieran corresponder.
