Política

La Corte le asestó otro golpe a Chahla y dejó firme la inconstitucionalidad de la expropiación de la Escuela Gabriela Mistral

La Municipalidad de San Miguel de Tucumán sufrió una nueva y fuerte derrota judicial en la disputa por la Escuela Gabriela Mistral. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán rechazó el recurso de casación presentado por el municipio y dejó firme la sentencia que había declarado inconstitucional la expropiación del establecimiento educativo.

La decisión del máximo tribunal provincial representa un golpe directo para la gestión de la intendenta Rossana Chahla, que había convertido el caso en una de sus principales banderas políticas tras asumir al frente de la Capital. El municipio defendió la medida con el argumento de garantizar la continuidad de la educación gratuita, pero la Justicia terminó marcándole un límite contundente: el Concejo Deliberante no tenía facultades para declarar la utilidad pública de los inmuebles pertenecientes a la Cooperativa de Servicios de Educación y Servicios Sociales Gabriela Mistral Ltda.

El fallo fue firmado por los vocales Daniel Leiva, Claudia Sbdar y Eleonora Rodríguez Campos. Con esa resolución, la Corte ratificó el criterio que ya había sostenido la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que en julio de 2025 había declarado inválida la ordenanza impulsada por el oficialismo municipal.

La sentencia no solo derrota jurídicamente al municipio, sino que deja expuesta una decisión política tomada con alto impacto público, pero con una base institucional débil. Chahla había impulsado el avance sobre la escuela como una respuesta a denuncias de padres por supuestos cobros irregulares de cuotas y matrículas. Sin embargo, la Corte concluyó que ese objetivo no habilitaba a la Municipalidad a arrogarse una potestad que, según la Constitución de Tucumán, corresponde a la Legislatura provincial.

La advertencia que el oficialismo no quiso escuchar

La controversia comenzó luego del cambio de gestión municipal. En noviembre de 2024, el Concejo Deliberante aprobó por amplia mayoría la Ordenanza N° 5390, mediante la cual se declaraba la utilidad pública y se avanzaba con la expropiación de los inmuebles vinculados a la Escuela Gabriela Mistral.

En aquel momento, el oficialismo defendió la medida como una decisión destinada a preservar el funcionamiento del establecimiento y garantizar el acceso gratuito a la educación. Pero no todos acompañaron ese argumento. Los concejales radicales José María Canelada y Gustavo Cobos fueron los únicos que rechazaron la iniciativa y advirtieron que la ordenanza podía ser declarada inconstitucional.

El planteo opositor era claro: la facultad para declarar la utilidad pública de un bien con fines expropiatorios no pertenece al municipio, sino a la Legislatura provincial. Esa advertencia, desestimada políticamente en el Concejo, terminó siendo validada por la Corte.

El fallo dejó en evidencia que el apuro político de la administración de Chahla terminó chocando contra la estructura constitucional de la provincia. La Municipalidad podía actuar, eventualmente, como sujeto expropiante, pero no podía definir por sí sola qué inmueble privado debía ser declarado de utilidad pública.

La jueza Eleonora Rodríguez Campos, autora del voto preopinante, rechazó los argumentos centrales del municipio. La administración capitalina había sostenido que la Ley Orgánica de Municipalidades le otorgaba una habilitación general para disponer expropiaciones vinculadas a fines públicos, entre ellos la educación. La Corte consideró improcedente esa interpretación.

El tribunal remarcó que la normativa vigente solo contempla expropiaciones municipales en supuestos específicos vinculados a calles, caminos, plazas, paseos y parques. Es decir, no existe una habilitación abierta para que el municipio avance sobre cualquier inmueble privado invocando un interés público.

En uno de los párrafos más duros, el fallo señaló que “el municipio carece de facultades autónomas para declarar la utilidad pública de un bien que no esté destinado a satisfacer necesidades públicas establecidas previa y expresamente por ley”. Esa definición dejó sin sustento jurídico la estrategia del Ejecutivo capitalino.

La Mistral, entre el discurso político y el freno judicial

La Corte también derribó otro argumento sensible de la Municipalidad: la supuesta necesidad de que la actividad educativa continuara desarrollándose específicamente en los inmuebles de la cooperativa. Para el tribunal, el municipio podía prestar servicios educativos en otros espacios y no estaba obligado a hacerlo en propiedades privadas pertenecientes a la entidad actora.

Ese punto es clave porque desmonta el núcleo del relato oficial. La gestión de Chahla había presentado la intervención sobre la Escuela Gabriela Mistral como una especie de recuperación institucional para proteger a alumnos y familias. Pero la Justicia sostuvo que esa finalidad, aun cuando pudiera considerarse legítima en términos políticos o sociales, no justificaba una expropiación dispuesta por un órgano sin competencia.

La Cooperativa de Servicios de Educación y Servicios Sociales Gabriela Mistral Ltda. venía denunciando desde el inicio un avance arbitrario sobre sus bienes. Según su planteo, la Municipalidad intentó apropiarse del establecimiento mediante una herramienta incompatible con la Constitución provincial. Con el rechazo de la casación, esa postura quedó fortalecida.

El conflicto, además, trascendió el expediente judicial. La Mistral se convirtió en un caso testigo sobre los límites del poder municipal, la defensa de la propiedad privada, la autonomía de las instituciones educativas y la forma en que una gestión local puede intervenir ante conflictos sociales sin vulnerar el marco legal.

Para Chahla, el fallo implica mucho más que una derrota procesal. La Corte no solo rechazó un recurso: dejó firme la inconstitucionalidad de una ordenanza promovida durante su administración, cuestionó la interpretación jurídica del municipio y obligó a la Municipalidad a afrontar las costas del proceso.

El caso también deja una lectura política incómoda para el oficialismo capitalino. La intendenta apostó a una medida de alto impacto, con respaldo mayoritario en el Concejo y fuerte carga simbólica, pero la Justicia terminó confirmando que el camino elegido era inválido. Lo que se presentó como una decisión para ordenar y garantizar derechos terminó convertido en un revés institucional de magnitud.

Con la sentencia firme, la Municipalidad deberá devolver el inmueble a la cooperativa propietaria y asumir las consecuencias de una estrategia que avanzó más allá de sus facultades. La Corte le puso un freno a Chahla en uno de los conflictos más sensibles de su gestión y dejó un mensaje contundente para el poder local: ningún objetivo político, por más defendible que se lo presente, habilita a pasar por encima de la Constitución.

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