Política

La Caja Popular bajo la lupa: el Tribunal de Cuentas detectó graves vicios en la designación de José Díaz

El Tribunal de Cuentas de Tucumán abrió una comprobación sumaria en la Caja Popular de Ahorros por la designación del ex interventor José César Díaz en un cargo de planta permanente del organismo. El acuerdo oficial advierte una serie de irregularidades administrativas, constitucionales y funcionales que ponen en discusión no sólo la legalidad del nombramiento, sino también los actos que Díaz firmó mientras, según el propio organismo de control, ya habría cesado de pleno derecho en su cargo político.

La resolución bajo análisis es la N° 494/23, dictada el 21 de junio de 2023. A través de ese acto, Díaz fue designado como Sub Gerente General Adscripto, Nivel 3, en la planta permanente de la Caja Popular, con funciones de Asesor Letrado. En el mismo acto se le concedió licencia por desempeño de cargo político, ya que seguía ocupando la intervención del organismo.

Una designación hecha desde adentro del poder

El caso tiene un dato político central: la designación se originó a partir de una nota del entonces gobernador Juan Manzur, dirigida al subinterventor Hugo Ledesma, para que se incorporara a Díaz a la planta permanente y se le otorgara licencia por cargo político.

Para el Tribunal de Cuentas, ese procedimiento no subsanaba los problemas de competencia. El acuerdo señala que la resolución fue firmada por Ledesma sin que constara ausencia, impedimento o excusación del interventor titular. Además, el beneficiario del acto era el propio Díaz, es decir, el jefe político y administrativo del organismo intervenido.

Ese punto deja expuesta una maniobra institucionalmente delicada: un funcionario que encabezaba la Caja Popular terminó incorporado a la planta permanente de la misma entidad, mediante una resolución firmada por un subordinado y con efectos que se proyectaban más allá de su salida del cargo político.

Un cargo permanente, licencia inmediata y sospecha de desviación de poder

El Tribunal fue contundente al analizar la finalidad de la operación. Según el acuerdo, el acto no se habría orientado a cubrir una necesidad real del servicio, sino a asegurarle a Díaz una posición de carrera dentro de la Caja Popular una vez que dejara la intervención.

La contradicción es evidente: se lo designó para cumplir funciones de Asesor Letrado, pero en el mismo acto se le otorgó licencia para seguir como interventor. Es decir, el organismo creó o cubrió formalmente un cargo jerárquico, pero el supuesto funcionario no iba a prestar servicios mientras durara su mandato político.

El acuerdo también remarca que no se acreditaron pasos básicos del régimen de ingreso a planta permanente: no consta concurso, orden de mérito, prueba de suficiencia ni justificación para ingresar directamente a un cargo jerárquico. Para el Tribunal, la acumulación de esos vicios determina la nulidad absoluta e insanable de la resolución.

Posible perjuicio fiscal y aviso al Ministerio Público Fiscal

El Tribunal de Cuentas ordenó investigar si existió perjuicio para el erario y dispuso que se determinen eventuales responsabilidades patrimoniales y administrativas. La comprobación sumaria deberá analizar, entre otros puntos, si Díaz percibió haberes por el cargo de planta permanente, si hubo simultaneidad remunerativa con el cargo político y cuál fue el impacto económico de la maniobra.

El acuerdo también advierte sobre una posible incompatibilidad constitucional. Según el Tribunal, la aceptación del cargo de planta permanente habría producido automáticamente la vacancia del cargo de interventor, por la prohibición de acumular dos empleos públicos remunerados. Esa interpretación abre otro frente: los actos firmados por Díaz como interventor entre junio de 2023 y enero de 2026 podrían haber sido dictados por un funcionario que, para el organismo de control, ya había cesado de pleno derecho.

Por la gravedad del caso, el Tribunal puso el acuerdo en conocimiento de las actuales autoridades de la Caja Popular, del Poder Ejecutivo provincial y del Ministerio Público Fiscal, ante la eventual configuración de delitos de acción pública, en particular abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.

La causa administrativa recién comienza, pero el contenido del acuerdo ya deja una conclusión política fuerte: la Caja Popular vuelve a aparecer como un organismo atravesado por decisiones de poder, nombramientos discutidos y controles que llegan tarde. Ahora deberá determinarse si lo que el Tribunal describe como una designación viciada fue sólo una irregularidad administrativa o parte de una maniobra para blindar con un cargo permanente a quien debía ejercer una función transitoria.

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