La jueza de Impugnación Julieta Casas resolvió otorgarle la libertad condicional a Miguel Ángel “Piki” Orellana, condenado a prisión perpetua por el secuestro y asesinato de Adrián Mansilla, ocurrido en 2003. La decisión revocó un fallo anterior que había rechazado el beneficio.
Orellana, de 53 años, deberá cumplir una serie de condiciones, entre ellas utilizar una tobillera electrónica, fijar domicilio, continuar con tratamiento psicológico y acreditar una actividad laboral. El Ministerio Público Fiscal anticipó que impugnará la resolución.
El crimen de Adrián Mansilla
Mansilla tenía 26 años cuando fue secuestrado el 17 de agosto de 2003 por un grupo de personas en inmediaciones de la ex terminal de ómnibus. Posteriormente fue asesinado en Colonia 7, en la zona de Sauce Huascho, Famaillá.
Su cuerpo fue encontrado casi dos meses después, enterrado a aproximadamente un metro de profundidad y cubierto con cal. La investigación avanzó a partir del testimonio de una persona que aportó información sobre el lugar donde se encontraban los restos y sobre los responsables del crimen.
En agosto de 2008, Orellana y otros acusados fueron condenados a prisión perpetua. La causa sostuvo que el homicidio habría estado relacionado con una acusación por el robo de dinero perteneciente a un negocio del condenado.
Los argumentos para conceder el beneficio
La defensa había solicitado la libertad condicional al señalar que Orellana llevaba más de 22 años detenido y que se encontraba en condiciones temporales de acceder al beneficio según la legislación aplicada en la causa.
Sus abogados destacaron que durante su permanencia en la Unidad 1 de Villa Urquiza mantuvo una conducta calificada como ejemplar, no recibió sanciones disciplinarias y obtuvo informes favorables de distintos organismos penitenciarios y equipos interdisciplinarios.
También remarcaron que el condenado contaba con salidas transitorias desde junio de 2022 y que había acumulado estímulos educativos que redujeron 19 meses del cómputo de la pena.
El pedido había sido rechazado en primera instancia porque Orellana todavía no había alcanzado el máximo previsto para las salidas transitorias ni había iniciado salidas laborales. Sin embargo, la jueza Casas consideró que esas circunstancias no podían convertirse en requisitos adicionales para acceder a la libertad condicional.
Tobillera electrónica y restricción de acercamiento
La magistrada dispuso que Orellana deberá usar un dispositivo electrónico de control, establecer un domicilio y acreditar un oficio, profesión o actividad laboral dentro de los próximos 30 días.
Además, tendrá prohibido portar armas de fuego y deberá abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas. También tendrá que continuar con un tratamiento psicológico de manera ambulatoria.
Entre las medidas establecidas figura una restricción de acercamiento de 300 metros respecto de los familiares de Adrián Mansilla, quienes durante la audiencia habían expresado su rechazo a la liberación y manifestado temor por su seguridad.
Antes de finalizar la audiencia, el representante del Ministerio Público Fiscal anunció que recurrirá la sentencia con el objetivo de revocar el beneficio concedido.
