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La Asociación de Magistrados recusó a la jueza que investiga sus cuentas y abrió un nuevo conflicto judicial

La disputa judicial por la administración de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Tucumán sumó un nuevo capítulo que enfrenta a integrantes del propio Poder Judicial. La comisión directiva, encabezada por Marcela Ruiz y Jorge Jakobsen, presentó una recusación con causa contra la titular del Juzgado Civil y Comercial Común de la XI Nominación, Inés Yamuss, a quien acusa de haber comprometido su imparcialidad durante una diligencia destinada a obtener documentación contable de la institución. La jueza rechazó el planteo y elevó el incidente a la Cámara de Apelaciones, que deberá resolver si continúa interviniendo en el expediente.

La presentación se produjo después de una inspección judicial realizada el 27 de octubre, durante la cual Yamuss exigió la entrega de los extractos bancarios de 2025 bajo apercibimiento de aplicar las consecuencias previstas por el artículo 239 del Código Penal, referido a la desobediencia a la autoridad. No es el primer intento de la asociación por apartar a un magistrado de esta causa: a comienzos de octubre ya había recusado sin expresión de causa al juez Pedro Yane Mana, quien había ordenado exhibir los libros institucionales en un plazo de 48 horas, bajo advertencia de proceder a su secuestro.

Los mensajes de WhatsApp que desataron la recusación

El nuevo planteo fue presentado por el abogado Luis Alejandro Medina, representante de la comisión directiva, mediante un escrito de 16 páginas que invoca el artículo 111, inciso 10, del Código Procesal Civil y Comercial, relacionado con la emisión de opiniones extrajudiciales o recomendaciones por parte del magistrado.

El argumento central se apoya en una secuencia de comunicaciones ocurridas durante la mañana del 27 de octubre. Según la defensa, a las 7.39 recibió por WhatsApp la notificación de una diligencia presencial programada para las 8.30 en la sede de la entidad. Ante lo que consideró una comunicación sin antelación suficiente para ejercer adecuadamente su defensa, Medina presentó a las 8.27, mediante el sistema informático judicial, una solicitud de suspensión.

Sin embargo, mientras aguardaba una resolución formal, recibió a las 8.30 un mensaje de la directora de la Oficina de Gestión Asociada N° 2, Cecilia Chelala, quien le comunicó que la medida no sería suspendida. Cuando el abogado respondió que esperaría la decisión de la magistrada, la funcionaria aclaró a las 8.38 que simplemente transmitía una indicación de Yamuss.

Para la conducción de la AMT, esa comunicación demostraría que la jueza había adoptado una decisión antes de tratar formalmente la presentación defensiva. La entidad sostiene que existió una exteriorización extraprocesal de la voluntad jurisdiccional y que esa circunstancia compromete la apariencia de imparcialidad que debe mantener cualquier magistrado.

La asociación también cuestionó la utilización del apercibimiento penal para obtener documentación contable. Según su interpretación, una controversia de naturaleza civil no justificaría anticipar eventuales consecuencias penales por el incumplimiento de una medida. Además, invocó el artículo 331 del Código Civil y Comercial de la Nación para argumentar que el juzgado estaría realizando una investigación de oficio sobre la administración institucional, excediendo el objeto original de la demanda promovida por la jueza Ana María Iacono, centrada en la nulidad de la asamblea del 23 de abril de 2026, durante la cual se aprobó el balance correspondiente a 2025.

Yamuss rechazó las acusaciones y defendió su actuación

La respuesta de Inés Yamuss, fechada el 1 de noviembre, rechazó categóricamente los fundamentos de la recusación. La magistrada sostuvo que todas sus decisiones fueron adoptadas dentro del procedimiento judicial y que no corresponde atribuirle carácter extrajudicial a una comunicación realizada por una funcionaria de la oficina de gestión.

En su argumentación, incluso recurrió al principio de no contradicción de Aristóteles para señalar que no resultaría lógico sostener que, mientras dirigía una audiencia judicial, estuviera simultáneamente realizando una actuación extrajudicial sobre el mismo asunto.

Según explicó, la audiencia comenzó a las 8.30, fue grabada y transmitida mediante Zoom, contó con la participación de la presidenta de la asociación, Marcela Ruiz, y permitió visualizar y tratar el pedido de suspensión presentado minutos antes. Yamuss afirmó que la solicitud fue examinada y rechazada con fundamentos durante ese mismo acto procesal.

También precisó que la resolución que establecía la audiencia había sido depositada en el casillero digital correspondiente a las 00.01 del 27 de octubre. En consecuencia, el posterior aviso por WhatsApp no constituía la notificación judicial original, sino una comunicación complementaria destinada a facilitar la participación de las partes.

Respecto del mensaje enviado por Chelala, la jueza interpretó que informar que la diligencia no sería suspendida mientras ya se encontraba en desarrollo no equivalía a emitir una opinión anticipada fuera del expediente.

Yamuss advirtió, además, que utilizar las recusaciones para cuestionar decisiones judiciales desfavorables podría desnaturalizar ese mecanismo procesal y afectar la garantía constitucional del juez natural. En cuanto al apercibimiento penal, señaló que la asociación contaba con los recursos procesales correspondientes para impugnarlo, sin necesidad de promover su apartamiento.

La cuestión deberá ser resuelta ahora por la Cámara Civil, que tendrá la última palabra sobre la continuidad de Yamuss al frente de una causa que ya registró distintos incidentes relacionados con la actuación de los magistrados intervinientes.

Cuentas cuestionadas y elecciones suspendidas: los otros frentes de la asociación

La controversia por la recusación se desarrolla en medio de un conflicto institucional más amplio, que comprende tanto la administración de los recursos económicos de la AMT como las reglas para elegir a sus próximas autoridades.

En el plano contable, la demanda impulsada por Ana María Iacono, precedida por cuestionamientos formulados por la vocal Marcela Tejeda, puso bajo examen documentación y procedimientos administrativos de la entidad. Entre las situaciones observadas figuran un libro de Bancos sin registraciones desde mayo de 2017, planillas de Excel con anotaciones manuscritas, documentación vinculada con prestaciones de medicina prepaga y comprobantes de gastos cuya justificación es materia de controversia, entre ellos un recibo por $6 millones correspondiente a comida.

A estos cuestionamientos se sumaron los del juez penal Gonzalo Ortega, quien reclamó explicaciones sobre erogaciones por $22,7 millones en cafetería durante 2024 y sobre determinados convenios institucionales. Ortega terminó retirando su solicitud de reafiliación y expresó públicamente su malestar por la respuesta de la conducción a sus pedidos de información, una situación que calificó como motivo de “vergüenza ajena”.

Estos antecedentes forman parte de las controversias administrativas y judiciales que rodean a la asociación, sin que las irregularidades denunciadas impliquen por sí mismas la acreditación de delitos o responsabilidades individuales.

El otro frente se abrió en el terreno electoral. El 29 de octubre, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común, integrada por Florencia Natalia Presti y María Soledad Monteros, dispuso la suspensión cautelar de las elecciones previstas para el 3 de diciembre, a partir de un amparo promovido por la camarista laboral de Concepción Malvina Seguí.

El conflicto gira en torno a la antigüedad reconocida a aproximadamente 50 funcionarios judiciales incorporados bajo la categoría de socios adherentes. La conducción pretendía computar su permanencia desde 2021, mientras que el cuestionamiento judicial sostiene que la reforma estatutaria que habilitó esa situación recién entró en vigencia en octubre de 2025. La diferencia resulta determinante para establecer quiénes pueden integrar el padrón electoral y participar en los comicios.

La Cámara consideró que esa controversia justificaba suspender preventivamente el proceso electoral hasta que se resolviera la cuestión de fondo.

Así, la Asociación de la Magistratura enfrenta simultáneamente una disputa por sus registros contables, un proceso electoral paralizado y una nueva discusión sobre la imparcialidad de la jueza encargada de intervenir en el expediente. La resolución de la Cámara sobre la recusación de Yamuss será el próximo paso de un conflicto que expone profundas diferencias entre magistrados tucumanos acerca del funcionamiento, la transparencia administrativa y la conducción de su propia institución.

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