Interés General

IPLA: Tucumán lleva a la Corte Suprema su disputa por la intervención del organismo

El Gobierno de Tucumán presentó un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia provincial para revertir el fallo que ordenó poner fin a la intervención del Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA) y conformar su Directorio en un plazo de 60 días.

La Fiscalía de Estado sostiene que la sentencia de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo excede las facultades del Poder Judicial, invade atribuciones propias del Poder Ejecutivo y reconoce legitimación a los demandantes sin que estos hayan demostrado un perjuicio concreto.

La impugnación fue promovida por la Fiscalía de Estado, encabezada por Gilda Pedicone, a través del abogado Juan Pablo Stein. El planteo solicita que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán deje sin efecto la resolución que hizo lugar parcialmente al amparo impulsado por propietarios de locales de entretenimiento y que ordenó normalizar la conducción del organismo.

Uno de los principales ejes del recurso oficial apunta a cuestionar la legitimación de los comerciantes para promover la acción judicial. Según la presentación, la sola condición de administrados o de inscriptos ante el IPLA no los habilita a discutir el esquema institucional del organismo, ya que no acreditaron la existencia de un derecho subjetivo afectado.

El recurso también cuestiona el razonamiento empleado por los camaristas Sergio Gandur y Ebe López Piossek. Según el Estado provincial, la sentencia incurre en un «salto lógico» al considerar que la inscripción de los actores en los registros del IPLA constituye prueba suficiente de una lesión constitucional.

Para la representación oficial, el tribunal nunca explicó cuál era el derecho constitucional individual afectado por el hecho de que el organismo continúe bajo intervención en lugar de estar administrado por el Directorio previsto en los artículos 9 y 10 de la Ley Provincial N.º 7.243. En cambio, sostiene que la Cámara reemplazó esa fundamentación por una afirmación genérica acerca de una supuesta incidencia directa sobre la situación jurídica de los demandantes.

 

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