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Jaldo y la tentación de perpetuarse en el poder: la Corte Suprema tiene en sus manos su futuro político

El gobernador Osvaldo Jaldo aseguró que respetará cualquier decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la constitucionalidad de una eventual nueva candidatura en 2027. Sin embargo, detrás de sus declaraciones de respeto institucional aparece una discusión mucho más profunda: la posibilidad de que un dirigente político permanezca durante 16 años consecutivos ocupando los dos cargos más importantes del Poder Ejecutivo tucumano.

Jaldo fue vicegobernador durante dos períodos consecutivos, entre 2015 y 2023, y asumió la Gobernación ese último año. Si consigue presentarse y obtener la reelección, completaría en 2031 un ciclo de 16 años ininterrumpidos en la cúspide del poder provincial. Una continuidad que, aunque el oficialismo considera jurídicamente habilitada, plantea interrogantes sobre la alternancia democrática y los límites que deberían existir para el ejercicio prolongado del poder.

Durante una rueda de prensa, el mandatario intentó despejar cualquier sospecha sobre sus intenciones. “Este gobernador no está aferrado a ningún sillón y está muy preparado para gobernar cuatro años en la provincia de Tucumán. Me voy a allanar al fallo que salga de la Corte de la Nación”, afirmó. La declaración, sin embargo, contrasta con la defensa política y jurídica de la posibilidad de competir nuevamente, una alternativa que el oficialismo no está dispuesto a descartar.

Una Constitución que permite discutir la permanencia en el poder

La controversia gira alrededor del artículo 90 de la Constitución de Tucumán, cuya interpretación permite al oficialismo sostener que Jaldo está habilitado para buscar otro mandato como gobernador, pese a haber ocupado previamente la Vicegobernación durante ocho años.

Los partidos Cambia Tucumán, PRO, CREO y Fuerza Republicana, patrocinados por el abogado Marcelo Giullitti Oliva, llevaron el planteo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En una presentación de casi 40 páginas cuestionaron la validez constitucional de la disposición que permitiría la continuidad correlativa en los principales cargos del Ejecutivo.

El argumento central de la oposición apunta a la alternancia republicana. Desde esa perspectiva, la posibilidad de encadenar mandatos entre la Gobernación y la Vicegobernación podría terminar convirtiendo los límites a la reelección en una restricción meramente formal, sin impedir una permanencia prolongada en el poder.

El oficialismo, por su parte, defiende la autonomía constitucional de Tucumán y sostiene que los cargos de gobernador y vicegobernador son diferentes, por lo que el paso de uno a otro no impediría una nueva candidatura.

Más allá de la discusión técnica, el caso vuelve a exponer una característica recurrente de la política provincial: la dificultad de sus principales dirigentes para aceptar que el ejercicio del poder debe tener límites temporales efectivos. La posibilidad de permanecer durante cuatro períodos consecutivos en la conducción del Ejecutivo, aunque sea alternando funciones, obliga a preguntarse si el espíritu de la Constitución se corresponde con esa interpretación.

La Corte Suprema y un antecedente que incomoda al oficialismo

La demanda ingresó en una instancia preliminar. La Secretaría de Juicios Originarios de la Corte Suprema solicitó a la Procuración General de la Nación, conducida interinamente por Eduardo Casal, que dictamine si corresponde la competencia originaria del máximo tribunal.

La opinión del procurador no será vinculante, por lo que los jueces podrán aceptarla o apartarse de ella. Si la Corte considera que no debe intervenir de manera originaria, la controversia podría continuar por otras vías judiciales. En cambio, si admite su competencia, quedará habilitado el tratamiento del cuestionamiento constitucional, sin que ello implique automáticamente una inhabilitación para Jaldo.

El antecedente más inmediato es el de Juan Manzur, quien en 2023 intentó presentarse como candidato a vicegobernador después de haber ocupado los principales cargos del Ejecutivo provincial durante varios períodos. En aquella oportunidad, la Corte Suprema suspendió cautelarmente su candidatura y el entonces mandatario terminó desistiendo de su postulación.

La controversia quedó sin una sentencia definitiva sobre el fondo, pero dejó planteada una advertencia sobre los límites constitucionales a la continuidad en el poder.

Jaldo buscó diferenciar su situación de la de su antecesor. “Ha querido buscar un quinto mandato y la Constitución es muy clara: no se puede tener un quinto mandato”, sostuvo al referirse a Manzur.

La comparación, sin embargo, introduce una pregunta inevitable: si el límite de mandatos busca impedir una concentración excesiva del poder en una misma persona, ¿hasta qué punto resulta compatible con ese objetivo permitir que un dirigente permanezca 16 años consecutivos en la conducción provincial?

El problema de fondo: gobernar no debería significar perpetuarse

El debate sobre la candidatura de Jaldo no debería reducirse a determinar si una interpretación jurídica permite o impide su presentación electoral. La discusión también involucra la calidad institucional de Tucumán y la necesidad de garantizar una alternancia real en los espacios de decisión.

En las democracias republicanas, los límites a la reelección no constituyen un simple obstáculo administrativo para las aspiraciones personales de los gobernantes. Son mecanismos diseñados para evitar la concentración prolongada del poder, favorecer la renovación política y reducir las ventajas que el ejercicio continuado de un cargo puede otorgar frente a otros competidores.

Desde esa perspectiva, resulta legítimo cuestionar la pretensión de extender la permanencia de una misma figura en el Ejecutivo provincial durante cuatro períodos consecutivos, incluso cuando exista una interpretación constitucional que pueda permitirlo.

Tampoco se trata de desconocer la voluntad popular ni el derecho de los ciudadanos a elegir a sus representantes. Se trata de reconocer que la democracia no se agota en las elecciones y que las reglas de alternancia forman parte de las garantías destinadas a impedir que el poder se transforme en patrimonio permanente de determinados dirigentes.

Jaldo asegura que no está aferrado a ningún sillón y que acatará la resolución judicial. Cumplir un fallo de la Corte Suprema, sin embargo, no debería presentarse como una concesión política, sino como una obligación elemental de cualquier gobernante en un Estado de derecho.

La verdadera señal de compromiso con la institucionalidad no pasa solamente por aceptar una eventual sentencia desfavorable, sino también por reconocer que el recambio político constituye un valor democrático en sí mismo.

Mientras la Corte comienza a analizar la controversia, Tucumán vuelve a encontrarse frente a una discusión conocida: la de dirigentes que, después de acumular años en los principales cargos del Estado, buscan argumentos jurídicos para prolongar su continuidad.

El fallo determinará si Jaldo puede volver a competir en 2027. Pero hay una pregunta que trasciende lo que resuelvan los jueces: ¿cuántos años necesita un dirigente en el poder antes de considerar que llegó el momento de dar lugar a otros?

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