El Colegio de Abogados de Tucumán resolvió promover una acción judicial para que se declare la inconstitucionalidad de la reforma integral de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 6238, aprobada por la Legislatura y posteriormente promulgada por el Poder Ejecutivo provincial.
La entidad que conduce Alberto López Domínguez cuestionará principalmente el nuevo sistema que permite que un mismo órgano judicial intervenga en distintas materias. Según la posición institucional, ese esquema afecta la especialización de los magistrados y podría vulnerar la garantía constitucional del juez natural.
La demanda será elaborada y presentada por el constitucionalista Christian Alberto Cao, quien fue convocado por el Colegio para llevar adelante el planteo contra una normativa que introdujo modificaciones en más de 20 artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial y también alcanzó disposiciones del Código Procesal Penal y de la Ley de Competencia Penal para Niñas, Niños y Adolescentes.
El eje de la discusión: la competencia de jueces y cámaras
La reforma fue impulsada en la Legislatura por Mario Leito, Walter Berarducci, Carolina Vargas Aignasse y Rodolfo Ocaranza, con el respaldo del presidente de la bancada oficialista, Roque Tobías Álvarez.
Uno de los puntos centrales de la nueva legislación es el abandono, en determinados casos, del criterio según el cual cada juzgado o cámara debe tener asignada una única materia. El nuevo régimen habilita competencias concurrentes entre distintos fueros, de acuerdo con las necesidades de cada centro judicial.
Desde el oficialismo, la modificación fue fundamentada en la necesidad de racionalizar recursos y adaptar la estructura judicial a la cantidad y características de las causas que ingresan en cada jurisdicción.
El Colegio de Abogados, en cambio, considera que esa flexibilidad puede terminar debilitando la especialización técnica necesaria para resolver determinados litigios. Ese argumento será uno de los pilares de la acción de inconstitucionalidad.
En el Centro Judicial Capital, la reforma dispuso además la unificación de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Común con la Cámara en lo Civil en Documentos y Locaciones. El nuevo tribunal quedó organizado en cinco salas de tres integrantes cada una.
También se estableció que el Colegio de Jueces Penales de la Capital estará integrado por 38 magistrados, con asignaciones específicas para menores y ejecución penal. El Tribunal de Impugnación pasó a contar con nueve miembros y se fijaron 15 juzgados en lo Civil en Familia y Sucesiones.
Cambios en Concepción y Monteros y nuevas facultades para los juzgados
La reorganización también alcanza a los centros judiciales del interior de la provincia. En Concepción, el Colegio de Jueces Penales quedó conformado por 14 miembros, mientras que las salas laborales pasaron a estar integradas por dos vocales.
En Monteros se estableció un plantel de cinco jueces penales y se dispuso la fusión del Juzgado en lo Civil y Comercial Común con el de Documentos y Locaciones, que funcionarán como una única unidad.
La normativa también redefine el alcance territorial de determinados magistrados. Los jueces de ejecución penal de la Capital extenderán su jurisdicción al Centro Judicial Este, mientras que el juez de ejecución de Concepción tendrá también competencia sobre Monteros.
Para los casos vinculados con niñas, niños y adolescentes se dispuso que los magistrados especialmente designados tengan competencia en todo el territorio provincial y dedicación exclusiva a esa materia.
Otro de los cambios relevantes involucra las sanciones administrativas y multas. Su revisión dejará de estar bajo la órbita de los juzgados contravencionales y pasará al fuero contencioso administrativo, al considerarse que se trata de actos administrativos sancionatorios.
La reforma amplía, a su vez, las atribuciones de los Juzgados de Paz Letrados, que podrán intervenir en divorcios sin efectos patrimoniales, alimentos y regímenes provisorios de comunicación, desalojos por falta de pago o vencimiento contractual, medidas urgentes de protección y conflictos vinculados con relaciones de consumo.
En materia penal, la ley también fijó plazos más acotados para las resoluciones del Tribunal de Impugnación. Las decisiones deberán adoptarse en un período de entre tres y cinco días, con la posibilidad de extenderlo hasta diez días en causas consideradas complejas.
Además, se limitó la designación de jueces suplentes a situaciones excepcionales en órganos colegiados y se extendió la utilización del juicio abreviado múltiple dentro del régimen conclusional.
Un constitucionalista tendrá a su cargo la demanda
Para avanzar con el planteo judicial, el Colegio de Abogados encomendó la elaboración e interposición de la acción de inconstitucionalidad a Christian Alberto Cao.
Cao es doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y magíster en Administración Pública. Se desempeña como profesor titular regular de Teoría del Estado y profesor adjunto de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, además de contar con trayectoria académica de grado y posgrado y publicaciones especializadas en derecho público.
La presentación buscará que la Justicia analice la constitucionalidad de los cambios introducidos y, en particular, el sistema que permite distribuir competencias entre órganos de distintas materias.
El planteo se produce mientras la implementación operativa de varias disposiciones de la reforma quedó en manos de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, encargada de avanzar con la reglamentación necesaria para adaptar el funcionamiento de los tribunales al nuevo esquema.
