El 15 de mayo de 2020, mientras Tucumán atravesaba uno de los períodos más restrictivos del aislamiento dispuesto por la pandemia de coronavirus, Luis Armando Espinoza salió de su casa sin imaginar que aquel sería su último día con vida. Tenía 31 años, trabajaba en el campo y residía en el sur de la provincia. Esa jornada se encontraba junto a su hermano Juan Antonio en el paraje Melcho, en jurisdicción de Simoca, cuando un procedimiento encabezado por efectivos de la Comisaría de Monteagudo desencadenó una sucesión de hechos que terminaría convirtiéndose en uno de los casos de violencia institucional más graves de los últimos años en Tucumán.
Lo que supuestamente debía ser una intervención para dispersar una reunión vinculada con carreras cuadreras de caballos terminó con disparos, agresiones y privaciones ilegales de la libertad. Luis recibió un balazo por la espalda y murió, pero el crimen no terminó allí: integrantes de la fuerza participaron posteriormente en maniobras destinadas a ocultar lo sucedido y su cuerpo fue trasladado hasta Catamarca, donde permaneció abandonado durante una semana, mientras su familia reclamaba desesperadamente información sobre su paradero.
Un operativo policial que terminó en asesinato
Aquella tarde, efectivos policiales llegaron al paraje Melcho movilizados en vehículos particulares, algunos vestidos de civil y portando armas de fuego. Según la acusación fiscal, el objetivo declarado del procedimiento era dispersar una concentración relacionada con carreras de caballos, aunque durante el juicio no pudo acreditarse que esa actividad efectivamente se estuviera desarrollando. La intervención derivó en un despliegue de violencia, persecuciones y disparos en el que quedaron involucrados los hermanos Espinoza. Juan Antonio fue golpeado y privado ilegítimamente de su libertad, mientras que Luis recibió un proyectil que ingresó por su espalda y le provocó la muerte.
La investigación judicial estableció posteriormente que el disparo había salido del arma reglamentaria del oficial José Alberto Morales, una conclusión sustentada en las pericias balísticas incorporadas al expediente. Durante el proceso, los acusados intentaron justificar su actuación sosteniendo que habían recibido disparos de civiles, pero esa versión no encontró respaldo en las pruebas y no se acreditó judicialmente la existencia de un enfrentamiento armado que pudiera explicar semejante utilización de la fuerza. Los tribunales consideraron que la actuación de los policías había excedido manifiestamente cualquier ejercicio legítimo de sus funciones.
Lejos de informar de inmediato lo sucedido y poner el hecho en conocimiento de las autoridades judiciales, integrantes del operativo intervinieron en una secuencia de maniobras destinadas a ocultar el crimen. El cuerpo de Espinoza fue retirado del lugar donde había recibido el disparo y trasladado fuera de Tucumán, hasta terminar abandonado en un barranco de la zona conocida como Banderita, en territorio catamarqueño, cerca del límite provincial.
Allí fue encontrado siete días después, en medio de una búsqueda que había adquirido creciente repercusión pública por las denuncias de sus familiares y por las sospechas que comenzaban a recaer sobre los efectivos que habían participado del procedimiento. El hallazgo confirmó el desenlace más temido y transformó lo que inicialmente se presentaba como una desaparición en una investigación por homicidio y otros delitos, con una pregunta central que la Justicia debía responder: cómo era posible que un trabajador rural hubiera sido asesinado durante una intervención policial y que su cuerpo terminara oculto en otra provincia.
La investigación que comprometió a una comisaría
La causa quedó bajo la órbita de la Justicia Federal, con una acusación sostenida por el fiscal federal Pablo Camuña y la auxiliar fiscal Lucía Doz Costa. A partir de testimonios, pericias y el análisis de los movimientos de los vehículos utilizados durante el operativo, los investigadores lograron reconstruir tanto las circunstancias del asesinato como las maniobras posteriores vinculadas con el ocultamiento del cadáver. Uno de los elementos centrales fue el estudio balístico que permitió vincular el proyectil mortal con el arma reglamentaria de Morales, mientras que otras pruebas contribuyeron a establecer lo ocurrido con Juan Antonio Espinoza y las responsabilidades de los efectivos involucrados.
El expediente también permitió diferenciar las conductas atribuidas a cada acusado, ya que no todos habían participado de la misma manera: mientras algunos fueron considerados responsables del homicidio, otros quedaron vinculados con la privación ilegítima de la libertad o con las acciones destinadas a encubrir lo ocurrido. Esa reconstrucción resultó determinante para el posterior juicio oral y para las distintas condenas impuestas.
El debate comenzó el 24 de octubre de 2022 y se extendió durante 21 audiencias en las que declararon 72 testigos, incluidos especialistas que habían intervenido en las pericias. Finalmente, el 28 de marzo de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán dio a conocer un veredicto que marcó un punto decisivo en la causa: cuatro policías fueron condenados a prisión perpetua por sus responsabilidades en el asesinato de Luis Espinoza. José Alberto Morales recibió la pena máxima como autor del homicidio agravado por haber sido cometido abusando de sus funciones policiales, mientras que Héctor Rubén Montenegro, Gerardo Esteban González Rojas y Claudio Alfredo Zelaya fueron considerados partícipes necesarios del mismo delito.
Los cuatro también fueron declarados responsables de la privación ilegítima de la libertad agravada de Juan Antonio Espinoza. El tribunal impuso otras cinco condenas a integrantes de la fuerza por diferentes responsabilidades vinculadas con los hechos, en tanto que dos civiles resultaron absueltos. La sentencia representó un reconocimiento judicial de la gravedad de lo ocurrido, aunque el expediente todavía debía atravesar nuevas instancias de revisión.
Casación confirmó las perpetuas, pero revisó otras responsabilidades
El 26 de diciembre de 2024 se conoció una resolución de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que ratificó las cuatro condenas a prisión perpetua. Los jueces Javier Carbajo y Carlos Mahiques confirmaron las penas impuestas a Morales, Montenegro, González Rojas y Zelaya, así como las condenas de cinco años de prisión que habían recibido Carlos Lisandro Romano y José María Paz por encubrimiento agravado. Sin embargo, la revisión judicial también introdujo una modificación importante respecto de Mirian Rosalba González, quien en el juicio de 2023 había sido condenada a doce años de prisión como partícipe secundaria del homicidio. Casación consideró que existían deficiencias en la fundamentación de esa responsabilidad, particularmente porque el tribunal de origen había expresado dudas acerca del conocimiento que González tenía del plan delictivo. Por aplicación del principio de la duda a favor de la persona acusada, los magistrados modificaron la calificación penal y establecieron una nueva condena de cuatro años y siete meses de prisión por encubrimiento agravado.
La resolución dejó en evidencia que la revisión del caso no se limitó a ratificar automáticamente lo decidido en primera instancia, sino que contempló las responsabilidades individuales y la necesidad de distinguir entre quienes habían participado del homicidio y quienes intervinieron en su encubrimiento. De esta manera, la Justicia confirmó las penas más severas para cuatro de los policías involucrados, al tiempo que introdujo modificaciones en otros aspectos de la sentencia.
No obstante, existe una precisión relevante sobre el estado procesal del expediente: la última resolución judicial que pudo verificarse mediante fuentes oficiales es la dictada por Casación en diciembre de 2024, sin que haya sido posible establecer documentalmente si existieron recursos posteriores ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación ni cuál fue su eventual resultado. Por esa razón, no corresponde afirmar que la totalidad de las condenas se encuentra firme en todas las instancias, ni tampoco establecer sin documentación actualizada cuál es la situación de cumplimiento de las penas de cada uno de los condenados.
Un crimen que también sacudió al poder político
El asesinato de Luis Espinoza no solamente provocó conmoción social y un proceso judicial de enorme gravedad, sino que también generó repercusiones dentro del escenario político tucumano. El hecho ocurrió durante la gobernación de Juan Manzur, cuando Osvaldo Jaldo se desempeñaba como vicegobernador, y colocó bajo fuertes cuestionamientos públicos tanto el accionar de la Policía provincial como la respuesta del Ministerio de Seguridad. En medio de la repercusión del caso, Jaldo recibió a familiares de la víctima y formuló críticas a la gestión de seguridad, en un contexto de diferencias políticas que fueron recogidas por medios provinciales y nacionales.
Aquellas tensiones dejaron expuesta la dimensión institucional del crimen y las dificultades de las autoridades para responder ante un episodio de semejante magnitud, aunque resulta necesario separar esos cuestionamientos de las responsabilidades penales establecidas durante el juicio. Las condenas recayeron sobre los efectivos cuya intervención delictiva fue acreditada judicialmente, sin que los cuestionamientos políticos permitan atribuir participación en el homicidio o en su encubrimiento a funcionarios que no fueron condenados por esos hechos.
Más allá de las sentencias, el expediente volvió a poner en discusión los controles sobre el funcionamiento de las fuerzas de seguridad y las condiciones en las que se desarrollan determinados procedimientos policiales. La reconstrucción judicial permitió establecer quién había efectuado el disparo mortal, cómo se produjo la privación ilegítima de la libertad de Juan Antonio Espinoza y qué responsabilidades correspondían a los integrantes de la fuerza que participaron en el crimen y las maniobras posteriores. Sin embargo, la gravedad de lo sucedido también plantea interrogantes que exceden las condenas individuales: qué mecanismos de supervisión existían sobre los efectivos de Monteagudo, cómo pudo desarrollarse un procedimiento con agentes vestidos de civil y vehículos particulares que terminó con una persona asesinada, qué controles se implementaron después del hecho y si las autoridades adoptaron reformas administrativas o protocolos destinados a evitar episodios semejantes. A esas preguntas se suma la necesidad de conocer qué medidas de reparación y asistencia recibieron los familiares de las víctimas, cuestiones que no pueden darse por resueltas únicamente por la existencia de una sentencia penal.
Seis años después, una historia que Tucumán no debería olvidar
A más de seis años del asesinato, el caso Espinoza permanece como uno de los ejemplos más estremecedores de violencia institucional registrados en Tucumán durante los últimos tiempos. No se trató solamente de la muerte de un trabajador rural durante un procedimiento policial, sino de una secuencia delictiva en la que integrantes de una fuerza encargada de garantizar la seguridad pública utilizaron ilegítimamente la violencia y participaron en maniobras para ocultar sus consecuencias. La investigación permitió esclarecer aspectos fundamentales del crimen, identificar responsabilidades y obtener condenas de extrema gravedad, posteriormente confirmadas en sus aspectos centrales por la Cámara Federal de Casación Penal. Sin embargo, la dimensión institucional de lo ocurrido mantiene vigentes interrogantes sobre los mecanismos de prevención, supervisión y control de quienes ejercen la fuerza en nombre del Estado.
Luis Armando Espinoza salió de su casa el 15 de mayo de 2020 y nunca regresó. Durante siete días su familia lo buscó sin saber que su cuerpo había sido trasladado y abandonado en otra provincia, mientras comenzaban a surgir las primeras sospechas sobre la actuación de los policías que habían intervenido en el operativo. Lo que vino después fue una extensa investigación, un juicio con decenas de testimonios y condenas que permitieron establecer responsabilidades por el crimen. Pero el paso del tiempo no reduce la gravedad de lo sucedido ni agota el debate sobre sus consecuencias. Porque detrás de las sentencias queda una cuestión que interpela directamente al Estado y a sus instituciones: qué ocurre cuando quienes tienen la obligación de proteger a los ciudadanos se convierten en responsables de los delitos que deberían impedir, y qué garantías reales existen para evitar que una historia como la de Luis Espinoza vuelva a repetirse.
