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Chahla pasó de una expropiación inconstitucional a una compra de $800 millones: el costo de una estrategia que terminó en la Justicia

Primero se intentó expropiar. La Justicia declaró inconstitucional el procedimiento. Después de casi dos años de conflicto, la gestión de Rossana Chahla terminó recurriendo a una solución que podría haber estado sobre la mesa desde el comienzo: negociar la compra de los inmuebles donde funciona la Escuela Municipal Gabriela Mistral. La diferencia es que ahora el Municipio está autorizado a comprometer hasta 800 millones de pesos de los contribuyentes capitalinos para concretar una operación que llega después de una derrota judicial y de un prolongado enfrentamiento con la cooperativa propietaria.

El Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán aprobó la iniciativa enviada por la intendenta, que habilita la adquisición directa de cuatro inmuebles utilizados por el establecimiento educativo. La autorización obtuvo un amplio respaldo político, aunque no sin antes atravesar un debate en el que sectores de la oposición lograron introducir modificaciones sustanciales al proyecto original.

El dato político más significativo es que la propuesta inicial del Ejecutivo no establecía expresamente cuánto dinero podía desembolsar la Municipalidad. Fueron los cuestionamientos opositores los que obligaron a incorporar un límite de $800 millones, exigir una tasación oficial y garantizar que los edificios continuarán destinados exclusivamente al funcionamiento de la escuela.

La administración municipal defiende la compra como una solución necesaria para preservar la educación pública y gratuita. Ese objetivo es atendible y tiene una evidente importancia social. Pero garantizar la continuidad de las clases no debería impedir que se examine cómo se administró el conflicto, por qué fracasó la estrategia anterior y cuáles serán las consecuencias económicas de esta decisión.

Una expropiación que la Justicia rechazó y que obligó al Municipio a cambiar de rumbo

El conflicto comenzó a profundizarse en 2024, cuando la gestión de Chahla cuestionó el sistema de cuotas y matrículas de la institución, que funcionaba desde 1988 bajo un esquema de gestión compartida entre el Municipio y la cooperativa educativa.

La Municipalidad planteó entonces la necesidad de garantizar la gratuidad del servicio y promovió la Ordenanza N.º 5.390, sancionada en noviembre de 2024, mediante la cual el Concejo Deliberante declaró de utilidad pública y sujetos a expropiación tres inmuebles pertenecientes a la cooperativa.

Sin embargo, el camino elegido por el Ejecutivo chocó con un obstáculo jurídico fundamental: las atribuciones del gobierno municipal.

En julio de 2025, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró inconstitucional la ordenanza. La Municipalidad apeló, pero el 6 de mayo de 2026 la Corte Suprema de Justicia de Tucumán rechazó el recurso de casación y dejó firme el pronunciamiento.

La sentencia N.º 549 estableció que los municipios no cuentan con una facultad genérica para declarar de utilidad pública cualquier inmueble que consideren necesario expropiar. Esa atribución corresponde, como regla, a la Legislatura provincial y solamente puede ejercerse desde el ámbito municipal en los supuestos expresamente habilitados por la legislación.

En otras palabras, la Municipalidad intentó utilizar una herramienta jurídica para la cual no tenía competencia suficiente en este caso.

El fallo no cuestionó la importancia de garantizar el acceso a la educación. Lo que rechazó fue el procedimiento elegido para apropiarse de los inmuebles. De hecho, la Corte señaló que la prestación del servicio educativo municipal no estaba necesariamente ligada a la utilización de edificios pertenecientes a la cooperativa.

El revés judicial dejó sin efecto la estrategia de expropiación y obligó al Ejecutivo a buscar otra salida. Finalmente, la solución propuesta fue negociar una compraventa con los mismos propietarios con los que había mantenido el conflicto.

La secuencia abre un interrogante inevitable: ¿se evaluaron seriamente las alternativas jurídicas y económicas antes de impulsar una expropiación que terminó siendo declarada inconstitucional?

A ello se suma otra cuestión que merece esclarecimiento: la Corte impuso las costas del recurso de casación a la Municipalidad, aunque el monto definitivo de los gastos judiciales derivados de ese trámite no surge de la información consultada.

Los $800 millones y las condiciones que Chahla no había incluido inicialmente

La nueva operación tampoco estuvo libre de cuestionamientos. El proyecto enviado originalmente al Concejo autorizaba la contratación directa y las adecuaciones presupuestarias necesarias, pero no precisaba el monto máximo de la adquisición.

El concejal radical Leandro Argañaraz calificó aquella propuesta como un “cheque en blanco”, mientras que otros integrantes de la oposición reclamaron conocer el valor de las propiedades, la modalidad de pago y las garantías legales de la transacción.

Las observaciones obligaron a introducir cambios. Finalmente, la ordenanza estableció un límite de $800 millones, la necesidad de contar con una tasación oficial y la obligación de preservar el destino educativo de los inmuebles.

Según la documentación presentada por el Ejecutivo y difundida durante el tratamiento del proyecto, el desembolso se realizaría en cuatro cuotas mensuales: una inicial de $400 millones, dos de $150 millones y una última de $100 millones.

El expediente incorpora además tres valuaciones privadas: una de noviembre de 2024 por $1.137 millones, otra de febrero de 2026 por $850 millones y una tercera de junio por $890 millones. Esos antecedentes ubican el precio negociado por debajo de las estimaciones presentadas, lo que constituye un argumento a favor de la operación desde el punto de vista patrimonial.

Pero esa comparación, por sí sola, no reemplaza el control público. La tasación oficial exigida por el Concejo deberá permitir determinar si el precio acordado resulta razonable, considerando las características, el estado de conservación, la situación dominial y las condiciones particulares de los edificios.

También debería conocerse cómo se financiará la compra, qué partidas presupuestarias se utilizarán y si la operación afectará recursos previstos para otras necesidades municipales.

El concejal Gustavo Cobos reconoció que comprar los inmuebles existentes podría ser más conveniente que trasladar la escuela y adaptar nuevos edificios. Sin embargo, defendió la incorporación de controles para impedir una autorización ilimitada.

Es un argumento razonable: la continuidad educativa puede justificar una contratación directa excepcional, pero esa excepcionalidad no debería convertirse en una dispensa para explicar cómo se utilizarán los fondos públicos.

La ordenanza también determina que las propiedades deberán conservar su destino escolar. Si en el futuro la Municipalidad pretende utilizarlas para otra finalidad, necesitará una nueva autorización del Concejo Deliberante.

La escuela necesita una solución, pero los vecinos merecen explicaciones

La discusión no debería reducirse a una falsa disyuntiva entre defender la educación pública o cuestionar el gasto municipal. Ambas preocupaciones pueden y deben coexistir.

La Gabriela Mistral representa una institución educativa con décadas de historia y una comunidad integrada por estudiantes, familias, docentes y trabajadores que necesita previsibilidad. Garantizar su continuidad constituye una responsabilidad concreta de las autoridades.

Pero también lo es administrar los recursos públicos con transparencia, anticipar los riesgos jurídicos de las decisiones y evitar conflictos prolongados que terminen condicionando las finanzas municipales.

La gestión de Chahla pasó de promover una expropiación posteriormente invalidada por la Justicia a solicitar una compra directa millonaria. El cambio de estrategia está documentado y plantea preguntas sobre la planificación inicial, los asesoramientos legales recibidos y la evaluación de alternativas que realizó el Ejecutivo.

Todavía no está demostrado que la compraventa sea económicamente perjudicial para el Municipio. De hecho, podría resultar una alternativa conveniente si las tasaciones oficiales respaldan el precio y se garantiza la utilización efectiva de los edificios durante los próximos años. Pero tampoco está acreditado que sea la opción más eficiente entre todas las posibilidades que podrían haberse considerado.

Otro punto pendiente es la situación administrativa y registral de las propiedades. Antes de concretar una operación de semejante magnitud, corresponde verificar formalmente la titularidad, la eventual existencia de gravámenes, deudas y cualquier otra circunstancia que pueda comprometer la adquisición.

A esto se agrega que la autorización legislativa no equivale a una compra concretada. Todavía deberán completarse las instancias legales, presupuestarias, contractuales y registrales correspondientes.

En consecuencia, celebrar la aprobación como si el conflicto estuviera definitivamente resuelto resulta prematuro.

Lo que sí puede afirmarse es que la gestión de Rossana Chahla tuvo que modificar sustancialmente su estrategia después de un pronunciamiento judicial adverso y que el proyecto de compra fue corregido a partir de exigencias formuladas durante su tratamiento legislativo.

La pregunta no es si la Escuela Gabriela Mistral merece seguir funcionando. Eso está fuera de discusión. La pregunta es por qué la Municipalidad llegó a una operación de hasta $800 millones después de transitar un procedimiento de expropiación que la Justicia declaró inconstitucional.

Una administración eficiente no se mide solamente por su capacidad de resolver los problemas, sino también por su capacidad de evitar que sus propias decisiones los agraven.

La compra podría terminar siendo una solución adecuada para la comunidad educativa. Pero para determinarlo será necesario conocer la tasación definitiva, las condiciones reales de la operación y el impacto sobre las cuentas municipales.

Porque garantizar la educación pública es una obligación del Estado. Justificar cómo se gastan 800 millones de pesos para hacerlo, también.

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